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lunes, 18 de marzo de 2013

REQUISITO PARA CONTRAER MATRIMONIO TOMAR CURSO: ANA YURIXI LEYVA PIÑÓN


Toluca, Méx.- La Diputada Ana Yurixi Leyva Piñón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta Iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado Libre y Soberano de México, del Código Civil del Estado de México y con exhorto al Ejecutivo del Estado para ejercer las atribuciones que en materia educativa le otorga la Constitución Federal para promover la incorporación al plan de estudios de educación básica la materia de prevención.
Es importante señalar que dicho Plan, tiene como objetivo y estrategia en el Pilar 3 Sociedad Protegida, que es importante articular políticas públicas que contribuyan a la reducción de los índices de criminalidad.
En este sentido, es necesario considerar que el abatir la criminalidad, no es tarea únicamente de las instancias de prevención policiaca, procuración y administración de justicia, pues resulta necesario que sea la población quien desde una perspectiva de educación y cultura la que evite incurrir en conductas que puedan ser lesivas al tejido social.
La percepción y educación que tenga la sociedad, resulta trascendental para que las personas se desarrollen de forma plena en su quehacer cotidiano, por ello es importante que las instituciones del Estado de manera integral sean sensibles y se involucren en la solución de estas demandas sociales, para el efecto, la presente iniciativa pretende promover la adopción de una perspectiva integral de prevención, orientada a la formación de las nuevas generaciones, arraigando una perspectiva de cuidado y protección de la dignidad, seguridad y desarrollo personal y la alineación de los esfuerzos educativos y de las autoridades administrativas para fortalecer esta perspectiva, para ello se contempla:
Reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría con la finalidad de que el personal que atienda los delitos vinculados a la violencia de género, sea debidamente capacitado, especializado y certificado en la atención de ese tipo de delitos y en sensibilización de género.
Reformas al Código Civil para establecer como requisitos para contraer matrimonio el tomar cursos de escuela para padres y de prevención de la violencia familiar. 
Exhortar al Ejecutivo del Estado para que en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo tercero de la Constitución General de la República, proponga la adopción en el plan de estudios de primaria y secundaria, de una materia de prevención que fortalezca la protección de la persona ante riesgos de seguridad, físicos y sociales, que promueva el cuidado de la salud y una convivencia más digna.
De acuerdo con datos del Gobierno del estado y del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el año 2011, por cada 100 mil habitantes, los delitos que más se cometieron, están relacionados con el homicidio doloso, con un promedio de 9.9 denuncias, lesiones dolosas con un registro de 256 denuncias, robo con violencia reporta 397 denuncias,  secuestro 0.7 denuncias, violación 20 denuncias y violencia familiar 11 denuncias; en estos dos últimos rubros cabe destacar que para el caso de violación el registro era de 19.8 denuncias y para el de violencia familiar era de 9.9 denuncias respecto al año 2007.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre inseguridad del año 2009, a nivel nacional, solo 22% de las personas que fueron víctimas de algún delito, lo denunciaron.
Algunas de las causas para que las personas no se presenten a denunciar, son el miedo, la percepción de pérdida de tiempo, la dificultad de realizar el trámite y principalmente la falta de credibilidad y la desconfianza hacia las instituciones, en este sentido, el Estado además de evitar esta percepción, debe generar las herramientas necesarias para evitar que los individuos delincan.
En este sentido, en el año 2008 se puso en marcha la modernización del Ministerio Público, destinándose alrededor de 14.5 millones de pesos, planteando como principales premisas, los esquemas, sistemas y formas en que se imparte justicia en la entidad, considerando también, la actitud del servidor público que atiende a la ciudadanía.
Recursos que deberan contener los apartados de salud reproductiva; la igualdad y la equidad de género, así como de prevención, detección, atención, sanción y erradicación de violencia familiar los cuales serían impartidos y diseñados por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, curso que se pretende fuera un requisito para contraer matrimonio.
Siendo así que desde el ámbito civil sería posible la prevención del delito el cual no únicamente sería sensible en lo que se refiere al ámbito de la violencia familiar, sino que un individuo que se encuentra viviendo en un mejor entorno de familia, es menos susceptible a delinquir en su vida de joven o adulto. 
La prevención, en el tema desde una perspectiva amplia en los temas de prevención de enfermedades, reproductiva, de accidentes, discriminación en sus distintos ámbitos, adicciones, de violencia y de conductas delictivas.
En uso de esa facultad, este Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, considera idóneo exhortar al C. Gobernador Constitucional del Estado de México, a efecto de que en uso de esta nueva facultad Constitucional, opine ante el Ejecutivo Federal, sobre la idoneidad de considerar la materia de prevención en los planes y programas de la educación básica.
La inclusión de esta materia, conllevaría a la mejor educación de nuestros menores, generando una cultura preventiva en todos sus aspectos, que irían desde evitar accidentes, drogadicción, violencia, discriminación, reproductiva, delitos, enfermedades, contaminación, entre otros tantos ámbitos que podrían ser incorporados.
Proponemos la adición de un párrafo al artículo 32 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, para que en las Subprocuradurías, Fiscalías Regionales, Fiscalías Especiales, Titulares de las Unidades Especializadas, Agentes del Ministerio Público, Agentes de la Policía Ministerial e incluso Peritos, se cuente con servidores públicos debidamente capacitados y certificados para la atención de delitos vinculados a la violencia de género, la adición de la fracción VII al artículo 4.2 del Código Civil del Estado de México, así como el exhorto al Ejecutivo del Estado para ejercer las atribuciones que en materia educativa le otorga la Constitución Federal para promover la incorporación al plan de estudios de educación básica la materia de prevención en sus diferentes ámbitos, para que en caso de estimarlo conveniente, se apruebe en sus términos.
Artículo Primero.- Se adiciona un último párrafo al artículo 32 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado Libre y Soberano de México, para quedar como sigue:Artículo 32.-I. a VII.Para el caso de las fracciones II a la VI de éste artículo, el Procurador deberá auxiliarse de Servidores Públicos y Agentes del Ministerio Público, que independientemente de su género, deberán contar con la capacitación y especialización continuas, en la atención de delitos vinculados a la violencia de género y atención a víctimas en estos mismos delitos.
Artículo Segundo.- Se adiciona la fracción VII al artículo 4.2 del Código Civil del Estado Libre y Soberano de México, para quedar como sigue:Artículo 4.2.-I. a VI.VII. Los contrayentes deberán acreditar ante el Titular u Oficial del Registro Civil haber recibido el curso prematrimonial, cuyo contenido versará sobre los derechos y obligaciones que se contraen con el vínculo del matrimonio. Dicho curso deberá contener los apartados de salud reproductiva; la igualdad y la equidad de género, así como de prevención, detección, atención, sanción y erradicación de violencia familiar. Dicho curso será diseñado e impartido por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia.
Artículo Tercero.- Se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de México, que en uso de las facultades otorgadas por el artículo 3 fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de que emita opinión para incluir en los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria para toda la República, la materia de prevención desde una perspectiva amplia para ser considerada en los temas de enfermedades, reproductivos, accidentes, discriminación en sus distintos ámbitos, adicciones, de violencia y de conductas delictivas.

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